¿Qué es la Caza?
Caza y Pesca Deportiva:
Es el arte lícito y recreativo de aprehender con medios autorizados ejemplares de la fauna silvestre con prohibición expresa de la venta de sus productos o subproductos.
Caza y Pesca Comercial:
Tiene por finalidad la comercialización del producto obtenido.
Para la práctica de cualquier tipo de Caza/Pesca se requiere:
- Permiso de Caza/Pesca y
- Autorización del Dueño de Campo
Ambos pueden ser obtenidos en:
- DIRECCIÓN DE RECURSO NATURALES
Casa de Gobierno – 3º Piso – Santa Rosa – La Pampa
Horario de Atención 8 a 12:30hs
tel.: (02954) 452734-452777-452600 internos: 1328 y 1791
tel.Fax: (02954) 452055
Email: recnat@lapampa.gov.ar
Email: fproduccion@lapampa.gov.ar
- CASA DE LA PAMPA
Suipacha Nº 346 - Ciudad de Buenos Aires
Tel. Fax: (011) 4326-0511 / 1145 / 0603
|
| ¿Dónde Cazar y Pescar?
En la provincia de La Pampa podrá efectuarse en Cotos de Caza, Campos Libres y Campos Inscriptos.
Cotos de Caza:
De acuerdo a lo estipulado por la Ley Nº 1.194 y su Decreto ReglamentarioNº 2218/94, un Coto de Caza queda constituido dentro del ámbito de la provincia cuando es habilitado por parte de la Autoridad de Aplicación, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en esas normas legales; entre los que se encuentran: Plan de Manejo aprobado y Guías de Caza habilitados por la Dirección de Recursos Naturales. En los cotos la actividad cinegética tiene un régimen especial. Consulte.
Campos Inscriptos para Caza de Ciervo Colorado:
Para la inscripción de un predio para la caza se deberá completar una planilla con la documentación que acredite la propiedad u ocupación legal; nombre del propietario (Nº de CUIT / CUIL) y del predio, ubicación catastral del mismo, superficie, certificación otorgada por la Dirección General de Rentas de la Provincia, especies a cazar, precintos requeridos y lugar donde se precintará.

|
Requisitos para transitar con productos de caza
DENTRO DE LA PROVINCIA
- Autorización de Caza
- Autorización del Dueño de Campo
FUERA DE LA PROVINCIA
- Además de lo anterior deberá solicitar la Guía de Tránsito en la Policía o en la Dirección de Recursos Naturales
FUERA DEL PAIS
- Se debe Obtener un certificado de exportación para la cual se deberá presentar:
-Fotocopia del Permiso del Dueño del Campo
-Fotocopia del Permiso de Caza
-Guía de Tránsito de la provincia de origen.
Esta tramitación se realiza en:
Dirección de Fauna y Flora Silvestre
San Martin Nº 459 – 3º Piso (1004) Capital Federal
Tel.: (011) 4348-8602 / 03 / 04 de 10:00 a 17:00 hs.

|
Lo que está prohibido
- Cazar en la vía pública.
- Transitar con armas cargadas.
- Cazar cualquier especie que no se encuentre habilitada, por ejemplo: Aves canoras o vistosas (Cardenales, Picahuesos, Calandrias, Mixtos, lechuzas, etc.), Guanaco, Ñandú, Piche, Liebre Mara, Martinetas, etc.
- Ingresar en un campo sin el permiso de su Propietario.
- Cazar fuera de Temporada.
- Capturar animales para mascota.

|